Definen diputados la elección de juezas y jueces del Poder Judicial del Estado

-La denominación “Del Consejo de la Judicatura”, se cambia por “Del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial”.
-A más tardar el viernes 10 de enero de 2025, el Congreso del Estado publicará la Convocatoria para participar en el proceso.
-La jornada electoral se celebrará el primer domingo de junio del año 2025.

Luego del análisis realizado a las iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios del PAN y Morena, el Congreso Estatal aprobó el dictamen mediante el cual se reforma la Constitución Política del Estado de Chihuahua, en lo que respecta a la elección de jueces del Poder Judicial del Estado.

De esta manera se reformó el artículo 21 constitucional a efecto de incluir en los derechos de la ciudadanía chihuahuense el votar en las elecciones de las personas juzgadoras para los cargos en el Poder Judicial del Estado.

En cuanto a la reforma al artículo 36, señala que la renovación de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y de los ayuntamientos, se realizará mediante sufragio universal, libre, secreto y directo, conforme a las bases que establezca la Constitución. La jornada electoral tendrá lugar el primer domingo de junio del año que corresponda.

Sin embargo, en los procesos electorales ordinarios para la renovación del Poder Judicial se celebrarán cada nueve años, la del Poder Ejecutivo cada seis años, y para el Poder Legislativo y los ayuntamientos cada tres años; todos los procesos se sujetarán a los principios rectores de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, máxima publicidad e independencia.

Por otro lado, la duración de las campañas para los cargos en el Poder Judicial será de sesenta días y en ningún caso habrá etapa de precampaña. La ley establecerá la forma de las campañas, así como las restricciones y sanciones aplicables a las personas candidatas o servidoras públicas cuyas manifestaciones o propuestas excedan o contravengan los parámetros constitucionales y legales.

Related posts

Leave a Comment